Exención de matrícula Universidad de Atacama

La exención de matrícula para los hijos de funcionarios/as tiene como objetivo principal establecer los lineamientos necesarios para gestionar el proceso de solicitud de exención por concepto de arancel de matrícula para los hijos de funcionarios que cursen estudios en la Universidad de Atacama. El porcentaje de exención de matrícula será proporcional a la jornada de trabajo en la Institución de los funcionarios que tengan la calidad padre, madre o adoptante de los alumnos beneficiados, siendo el 100% para los funcionarios con jornada completa. Este beneficio se concederá por todo el período de duración de la carrera conforme al plan de estudios respectivo y hasta un año más. El beneficio podrá otorgarse por primera vez hasta el inicio del año lectivo de la respectiva carrera en que el alumno cumpla los 25 años de edad y se extenderá hasta el período académico en que éste cumpla los 28 años de edad.

Para iniciar el proceso, es necesario completar el formulario de exención de matrícula UDA que encontrará al final de esta página, además de adjuntar el certificado de alumno regular y si es primera vez, adjuntar el certificado de nacimiento.

  1. Sobre el pago
  2. Se eximirá del pago del valor del arancel de matrícula a los hijos de funcionarios que cursen estudios en carreras regulares de pregrado impartidas por la institución.

  3. El beneficio se ortorgará en las siguientes condiciones
    • El porcentaje de exención será proporcional a la jornada de trabajo en la corporación de los funcionarios que tengan la calidad de padre, madre o adoptante de los alumnos beneficiados.
    • El beneficio se concederá por todo el periodo de duración de la respectiva carrera conforme al plan de estudios de esta, y hasta un año más.
    • En el caso de cambio de carrera o reingreso a la universidad, el tiempo del beneficio concedido con anterioridad se computará en la nueva carrera, en estos casos, la determinación del periodo que comprenda el beneficio se hará tomando en cuenta la duración de la nueva carrera.
  4. Forma de entrega
  5. El beneficio será concedido por el periodo académico que dure la carrera más un año y se concederá mediante Resolución Exenta de la dirección de Administración y Finanzas, previa solicitud y presentación de los antecedentes a través del departamento de Recursos Humanos de la universidad de Atacama.
    Los antecedentes deberán ser actualizados cada año adjuntando el certificado de alumno regular del causante y certificado de funcionario del beneficiario.

  6. Inicio de exención
  7. El beneficio sola podrá impetrarse por primera vez hasta el inicio del año lectivo de la respectiva carrera en que el alumno cumpla los 25 años de edad, y se extenderá hasta el período académico en que este cumpla los 28 años de edad.

Consideraciones

Formulario exención UDA

DESCARGAR PDF

Contactos

JOAQUÍN PAEZ

(52) 225 5477

MIRIAM SILVA

(52) 225 5475

BAYRON HERRERA

(52) 225 5474

CARLA ZEPEDA

(52) 225 5473

JUAN TAPIA

(52) 225 5556

GENESIS ROBLERO

(52) 225 5477